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Ley sobre la Aplicación de la Ley en Materias Civiles con Elementos Extranjeros - Artículo 2

Ley sobre la Aplicación de la Ley en Materias Civiles con Elementos Extranjeros|第 2 條|Civil|Ley|En vigor

第 一 章|院本部|v1.0

Última modificación: 2010-05-26

Contenido

Cuando conforme a esta Ley deba aplicarse la ley nacional de una parte y la parte tenga múltiples nacionalidades, su ley nacional se determinará por la nacionalidad con la que tenga la relación más estrecha.

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