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Ley de Servicios de Bomberos - Artículo 4

Ley de Servicios de Bomberos|第 4 條|Servicios de bomberos|Ley|En vigor

第 一 章|內政部|v1.0

Fecha de entrada en vigor: 2025-06-01|Última modificación: 2024-11-29

Contenido

Las normas sobre vehículos de bomberos, equipos y dotación de personal de los municipios especiales y de los condados (ciudades) serán establecidas por la autoridad central competente.

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