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Ley de Servicios contra Incendios - Artículo 9

Ley de Servicios contra Incendios|第 9 條|Protección contra incendios|Ley|En vigor

第 二 章|內政部|v1.0

Fecha de entrada en vigor: 2025-06-01|Última modificación: 2024-11-29

Contenido

El titular del derecho de administración de los distintos tipos de lugares previstos en el artículo 6, párrafo primero, deberá efectuar periódicamente la inspección y el mantenimiento de los equipos de seguridad contra incendios conforme a las disposiciones siguientes; los resultados de la inspección y el mantenimiento deberán presentarse, dentro del plazo prescrito, ante la autoridad competente del lugar donde se encuentre el establecimiento para su revisión, y la autoridad competente podrá enviar personal para una nueva verificación; lo mismo se aplicará cuando el lugar haya cesado sus actividades o suspendido sus operaciones. No obstante, cuando la totalidad del edificio en que se encuentren dichos lugares ya no esté en uso, el titular del derecho de administración del lugar, después de presentar el caso ante la autoridad competente del lugar donde se encuentre el establecimiento y obtener su aprobación tras la revisión, podrá quedar exento de efectuar periódicamente la inspección y el mantenimiento de los equipos de seguridad contra incendios y de presentar los resultados correspondientes hasta que el edificio vuelva a utilizarse: 1. Edificios de gran altura, edificios subterráneos o lugares anunciados por la autoridad competente central: se encomendará la gestión a una institución profesional de inspección y mantenimiento de equipos de seguridad contra incendios autorizada por la autoridad competente central. 2. Lugares, distintos de los señalados en el inciso anterior, que alcancen o superen una determinada escala: se encomendará la gestión a un ingeniero de equipos contra incendios o a un técnico de equipos contra incendios. 3. Lugares distintos de los señalados en los dos incisos anteriores que solo cuenten con equipos no sistémicos de seguridad contra incendios, tales como extintores, equipos de señalización o luminarias de emergencia: se encomendará la gestión a un ingeniero de equipos contra incendios, a un técnico de equipos contra incendios, o la realizará el propio titular del derecho de administración. Las reglas relativas a los elementos, métodos, criterios y frecuencia de la inspección y mantenimiento periódicos de los equipos de seguridad contra incendios en los distintos tipos de lugares del párrafo anterior, incluidos los lugares que hayan cesado actividades o suspendido operaciones; a la inspección o calibración periódica de los equipos e instrumentos necesarios para la inspección y el mantenimiento; a las especificaciones, formato, método de colocación y ubicación de la marca de finalización de la inspección y el mantenimiento; al plazo para recibir la presentación de los resultados de la inspección y el mantenimiento; a la verificación y forma de tramitación al presentarse para revisión; a los criterios para determinar que la totalidad de un edificio ya no está en uso y los documentos que deben prepararse para su presentación a revisión; y a los demás asuntos que deban cumplirse, serán establecidas por la autoridad competente central. Los lugares que alcancen o superen una determinada escala conforme al inciso 2 del párrafo primero serán anunciados por la autoridad competente central. Las reglas relativas a las cualificaciones y procedimientos para solicitar autorización de las instituciones profesionales de inspección y mantenimiento de equipos de seguridad contra incendios previstas en el inciso 1 del párrafo primero; los documentos que deban prepararse; la forma de revisión; la expedición o sustitución de certificados de autorización; el período de validez; las modificaciones; la revocación; la prórroga; las normas para la ejecución de sus actividades; la contratación, cambios y capacitación de ingenieros y técnicos de equipos contra incendios; la preparación y período de conservación de los documentos relacionados con las actividades; la presentación de los diversos formularios; y los demás asuntos que deban cumplirse, serán establecidas por la autoridad competente central.

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