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Ley sobre Contrabando de Guerra - Artículo 5

Ley sobre Contrabando de Guerra|第 5 條|Asuntos militares|Ley|En vigor

國防部|v1.0

Última modificación: 1955-06-03

Contenido

El catálogo detallado de los artículos de contrabando previstos en los dos artículos anteriores será presentado por el Ministerio de Defensa Nacional al Yuan Ejecutivo para su aprobación y promulgación, y será declarado en cualquier momento a todos los países del mundo durante el período de guerra.

Disposiciones legales relacionadas - Ley sobre Contrabando de Guerra

  • Ley de Servicios contra Incendios - Artículo 15-3(第 15-3 條)
  • 菸酒管理法 - Article 17(第 17 條)
  • Ley sobre Contrabando de Guerra - Artículo 1(第 1 條)
  • Ley sobre Contrabando de Guerra - Artículo 2(第 2 條)
  • Ley sobre Contrabando de Guerra - Artículo 3(第 3 條)
  • Ley sobre Contrabando de Guerra - Artículo 4(第 4 條)
  • Ley sobre Contrabando de Guerra - Artículo 6(第 6 條)