Código Civil|第 1 條|Asuntos jurídicos|Ley|En vigor
第 一 章|法務部|v1.0
Fecha de entrada en vigor: 9999-12-31|Última modificación: 2021-01-20
Los asuntos civiles que no estén regulados por la ley se regirán por la costumbre; a falta de costumbre, por los principios jurídicos.