Código Civil|第 2 條|Asuntos jurídicos|Ley|En vigor
第 一 章|法務部|v1.0
Fecha de entrada en vigor: 9999-12-31|Última modificación: 2021-01-20
Las costumbres aplicables a los asuntos civiles se limitarán a aquellas que no sean contrarias al orden público ni a las buenas costumbres.