Ley de Sanción de la Obstrucción del Servicio Militar|第 5 條|Militar|Ley|En vigor
國防部|v1.0
Última modificación: 2022-05-18
Quien, con intención de evitar una convocatoria de movilización o una convocatoria temporal, incurra en cualquiera de las siguientes conductas será sancionado con pena de prisión por un período no superior a cinco años: 1. Inventar causas de exención del servicio militar, baja del servicio, transferencia de categoría de servicio, aplazamiento de convocatoria, convocatoria sucesiva o convocatoria en último orden. 2. Lesionarse el cuerpo. 3. No declarar voluntariamente, sin causa justificada, transcurridos más de treinta días desde la desaparición de la causa de aplazamiento de convocatoria, convocatoria sucesiva o convocatoria en último orden. 4. Negarse a recibir la orden de convocatoria. 5. Estando sujeto a convocatoria, exceder sin causa justificada en dos días el plazo para incorporarse a filas. 6. Hacer que otra persona lo sustituya para responder a la convocatoria.
Quien, con intención de evitar una convocatoria de movilización o una convocatoria temporal, incurra en cualquiera de las siguientes conductas será sancionado con pena de prisión por un período no superior a cinco años: 1. Inventar causas de exención del servicio militar, baja del servicio, transferencia de categoría de servicio, aplazamiento de convocatoria, convocatoria sucesiva o convocatoria en último orden. 2. Lesionarse el cuerpo. 3. No declarar voluntariamente, sin causa justificada, transcurridos más de treinta días desde la desaparición de la causa de aplazamiento de convocatoria, convocatoria sucesiva o convocatoria en último orden. 4. Negarse a recibir la orden de convocatoria. 5. Estando sujeto a convocatoria, exceder sin causa justificada en dos días el plazo para incorporarse a filas. 6. Hacer que otra persona lo sustituya para responder a la convocatoria.