Ley de Asuntos Farmacéuticos|第 40 條|Gestión de alimentos y medicamentos|Ley|En vigor
第 四 章|衛生福利部 / 食品藥物管理署|v107.01.31
Fecha de entrada en vigor: 9999-12-31|Última modificación: 2026-03-04
Para fabricar o importar dispositivos médicos, se debe solicitar el registro e inspección ante la autoridad sanitaria central y pagar las tasas. Después de obtener la aprobación y la emisión del permiso de dispositivo médico, se podrá fabricar o importar. Los dispositivos médicos importados del párrafo anterior deben ser importados por el titular del permiso de dispositivo médico o su representante autorizado. Para la solicitud de registro e inspección de dispositivos médicos, el cambio, transferencia, renovación, reexpedición y emisión complementaria del permiso, las condiciones de solicitud, los procedimientos de revisión, los estándares de aprobación y otros asuntos a cumplir son determinados por la autoridad sanitaria central.