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Artículo 40-1

Ley de Asuntos Farmacéuticos|第 40-1 條|Gestión de alimentos y medicamentos|Ley|En vigor

第 四 章|衛生福利部 / 食品藥物管理署|v107.01.31

Fecha de entrada en vigor: 9999-12-31|Última modificación: 2026-03-04

Contenido

La autoridad sanitaria central, con el propósito de mantener el interés público, puede, cuando sea necesario, divulgar los datos relevantes como la composición de medicamentos, prospectos adjuntos por los comerciantes de medicamentos al solicitar la fabricación o importación de medicamentos y que posee y conserva la autoridad. Sin embargo, para los datos pertenecientes a secretos comerciales en la solicitud de registro e inspección de nuevos medicamentos de los comerciantes de medicamentos, debe mantenerse la confidencialidad. El alcance y las modalidades de los asuntos que pueden divulgarse en el párrafo anterior, su método es determinado por la autoridad sanitaria central.

Disposiciones legales relacionadas - Ley de Asuntos Farmacéuticos

  • Artículo 27-2(第 27-2 條)
  • Artículo 45(第 45 條)
  • Artículo 39(第 39 條)
  • Artículo 40(第 40 條)
  • Artículo 40-2(第 40-2 條)
  • Artículo 40-3(第 40-3 條)
  • Artículo 41(第 41 條)